Presolicitudes para el "Programa Descarbonización Industrial", ejercicio 2025.

Descripción


Objeto

El objeto es presentar una solicitud previa a la publicación de la futura Orden por la que se regulen y convoquen, para el ejercicio 2025, subvenciones a las empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que conlleven mejora del nivel de protección medio ambiental, a través de la descarbonización, en sus instalaciones productivas industriales y, por tanto, la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Tipo de ayuda

Las subvenciones a conceder a fondo perdido.

A quién va dirigido


Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME)

Requisitos

  • Requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad > Consejero/a de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Organismo que resuelve

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Transición Energética > Dirección de Descarbonización

Información de contacto


GOBIERNO VASCO

Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Dirección de Descarbonización

c/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

e-mail:  Descar-indu@euskadi.eus

Código

1236404

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 7 de febrero de 2025 y finalizará el día de la publicación de la Orden en el BOPV (Aproximadamente sobre Abril-mayo 2025).

Presolicitud-Telemática

Las presolicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas en este procedimiento para acogerse a la convocatoria de ayudas previstas en la Orden que regulará el programa de ayudas a empresas que realicen inversión en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que conlleve mejora del nivel de protección medio ambiental, a través de la descarbonización, en sus instalaciones productivas industriales. “PROGRAMA DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL”, se efectuarán por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

No concursal